Verifactu, explicado sin líos
Qué es, a quién obliga, desde cuándo y qué tiene que hacer tu programa. En cristiano, con las fechas buenas y sin meterte prisa.
Actualizado con el aplazamiento del Real Decreto-ley 15/2025.
Las tres fechas que importan
Después del aplazamiento de 2025.
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29 de julio de 2025Fabricantes de software de facturación
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1 de enero de 2027Empresas y entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades
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1 de julio de 2027El resto de obligados: autónomos en IRPF, comunidades de bienes…Probablemente, tu fecha
Hoy, sin prisas y sin humo: la obligación no entra en vigor para autónomos hasta el 1 de julio de 2027, así que el registro Verifactu de AlTrabajo sale de fábrica desactivado y tus facturas se emiten como facturas ordinarias plenamente válidas. Cuando se acerque la fecha, lo activaremos para todas las cuentas sin coste y sin que tengas que tocar nada: esa es la gracia de elegir ya un programa preparado.
Qué es Verifactu
Verifactu es la forma en la que Hacienda quiere que se emitan las facturas a partir de ahora. Cada factura que cierras deja un registro que ya no se puede tocar ni borrar: lleva una huella que se encadena con la del registro anterior, un QR para que cualquiera la pueda cotejar, y se remite a la Agencia Tributaria. Lo hace el programa, no tú: tú facturas igual que siempre.
No es un impuesto nuevo
No pagas más ni menos por Verifactu. Cambia cómo se registra la factura, no lo que tributas.
No cambia lo que facturas
Los mismos trabajos, los mismos materiales y los mismos tipos de IVA. La factura sigue siendo tuya.
Sí cambia con qué la haces
La factura tiene que salir de un sistema conforme al reglamento. Ahí es donde entra AlTrabajo.
Quién está obligado y desde cuándo
Las fechas se aplazaron en 2025. Estas son las que están en vigor hoy.
| Quién | Desde | Qué significa |
|---|---|---|
| Fabricantes de software de facturación | 29 de julio de 2025 | Desde esa fecha solo se puede ofrecer software que cumpla el reglamento. Es nuestra obligación, no la tuya. |
| Empresas y entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Sociedades limitadas, anónimas y demás contribuyentes del IS. |
| El resto de obligados: autónomos en IRPF, comunidades de bienes… | 1 de julio de 2027 | Este es tu caso si trabajas por tu cuenta y tributas en IRPF. |
De dónde salen estas fechas. El Real Decreto 1007/2023 aprueba el reglamento de requisitos de los sistemas de facturación. La Orden HAC/1177/2024 fija las especificaciones técnicas: registros, huella, QR y formato de envío. Y el Real Decreto-ley 15/2025 aplazó la entrada en vigor para los obligados a 2027. Los fabricantes de software llevamos obligados desde el 29 de julio de 2025.
¿Y hasta que llegue tu fecha? Puedes seguir como hasta ahora. Pero el día que entre la obligación, entra entera: no hay rodaje. Si para entonces ya llevas un tiempo facturando con un sistema conforme, ese día no notas nada.
Qué tiene que hacer tu programa (y cómo lo hace AlTrabajo)
Esta es la lista corta de lo que exige el reglamento. A la derecha, lo que ocurre por dentro cuando le das a Cerrar factura.
| Lo que exige el reglamento | Cómo lo hace AlTrabajo |
|---|---|
| Un registro de alta por cada factura | Al cerrar una factura, AlTrabajo genera su registro de facturación con los datos de la factura y el desglose por tipo de IVA. |
| Un registro de anulación cuando algo se corrige | Si rectificas, AlTrabajo emite la factura rectificativa y genera además el registro de anulación de la original. |
| Huella (hash) encadenada entre registros | Cada registro lleva una huella SHA-256 que incorpora la del registro anterior. Si alguien tocara uno, la cadena se rompería y se notaría. |
| Código QR en la factura | El PDF sale con el QR de cotejo y la leyenda VERI*FACTU, en el formato que fija la Orden HAC/1177/2024. |
| Inalterabilidad y trazabilidad | Una factura cerrada deja de ser editable. Se corrige con una rectificativa, que deja su propio rastro y su propio registro. |
| Conservación de los registros | Cada registro se guarda junto a su factura, con su fecha y su huella. Lo tienes a la vista en el detalle de la factura, no en un fichero suelto que hay que buscar. |
| Remisión de los registros a la AEAT | Al cerrar, el registro entra en la cola de envío y se remite a la Agencia Tributaria. El estado del envío se ve en la factura y en el panel. |
| Declaración responsable del fabricante | La aporta JMK Consulting como responsable de AlTrabajo. Tú no tienes que declarar nada por el programa que usas. |
Lo que no tienes que hacer tú
La parte técnica del reglamento es cosa del fabricante. Esa es la idea de todo esto.
No instalas nada
AlTrabajo va en el navegador y en Telegram. No hay programa que instalar ni actualizaciones que perseguir.
No instalas certificados
El certificado con el que se firma el envío se configura una vez con nosotros, en el alta. En tu ordenador no tocas nada.
No configuras el registro
Ni formatos, ni huellas, ni XML. Cierras la factura y el registro sale solo, con su encadenado.
No persigues los envíos
La cola de envío a la AEAT y sus reintentos los lleva AlTrabajo. Tú ves el estado en la factura y en el panel.
Y sigues cobrando como quieras: en efectivo, por transferencia o por Bizum. Eliges la forma de pago al facturar y la factura sale igual de legal.
Sanciones: el dato, sin dramas
La Ley General Tributaria (artículo 201 bis) prevé multas de hasta 50.000 € por ejercicio para quien use o tenga sistemas de facturación que no cumplan los requisitos, y de hasta 150.000 € por ejercicio para quien fabrique o comercialice esos sistemas.
Lo contamos porque es información pública y te toca conocerla, no para meterte miedo. En la práctica, si facturas con un programa conforme, este párrafo no va contigo.
Cómo declara AlTrabajo su conformidad
AlTrabajo es un sistema de facturación conforme al reglamento, con declaración responsable del fabricante, JMK Consulting. Conviene saberlo: la Agencia Tributaria no homologa ni certifica programas. No existe un sello oficial de la AEAT para software de facturación, así que si alguien te vende su programa como «homologado por Hacienda», ya sabes que eso no es así.
Esta página es una explicación divulgativa, no asesoramiento fiscal. Para tu caso concreto —régimen, epígrafes, territorio foral— quien manda es tu gestoría.
Lo que más nos preguntan de Verifactu
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